El Ministerio de Medio Ambiente emite una declaración de impacto negativa para el proyecto de recrecimiento de Rosarito y para nuevos embalses o recrecimientos en el Tiétar

Ecologistas en Acción muestra su satisfacción por una decisión que entierra definitivamente los proyectos hidráulicos que amenazaban el río Tietar. Entre ellos destacan el embalse de Monteagudo, los recrecimientos de Navalcán y de Rosarito y o el trasvase Tiétar-Navalcán. Esta DIA negativa pone punto final a décadas de denuncia ecologista contra la insensata intención de regular aún más el Tiétar con argumentos falaces de riesgo de inundación o de falta de recursos para regadío.

El MMARM ha hecho suyos los postulados ecologistas que defendieron siempre la ausencia de justificación de estos proyectos, la falta de valoración de alternativas basadas en el buen uso de los recursos existentes y el elevadísimo impacto ambiental que se produciría en los espacios naturales de la Red Natura 2.000.

Ecologistas en Acción comparte su alegría y su felicitación con el resto de alegantes al proyecto, en particular las ONG que de forma unánime y rigurosa han defendido hasta el final los argumentos de defensa de la legalidad y del medio ambiente.

 Resolución de 21 de noviembre de 2011, de la Secretaría de Estado de Cambio Climático, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto Regulación del río Tietar y consolidación de los regadíos existentes (Ávila, Toledo y Cáceres) sale publicada en el BOE del 9 de diciembre.

Y adopta como conclusión el siguiente punto: “la Secretaría de Estado de Cambio Climático, a la vista de la Propuesta de Resolución de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, formula una declaración de impacto ambiental en sentido negativo para el proyecto Regulación del río Tiétar y consolidación de los regadíos existentes (Ávila, Toledo y Cáceres), concluyendo que dicho proyecto previsiblemente causará efectos negativos significativos sobre el medio ambiente, y considerándose que las medidas previstas por el promotor no son una garantía suficiente de su completa corrección o su adecuada compensación”.

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